El 12 abril de abril de 2025, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, que establece un nuevo marco legal para el cálculo, inscripción, compensación y reducción de la huella de carbono. Este nuevo texto normativo sustituye al Real Decreto 163/2014 y refuerza el compromiso climático de España.
El objetivo de este Real Decreto, que entrará en vigor el 12 de junio de 2025, es doble: por un lado, crear y regular el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono; por otro, establecer la obligación de calcular la huella de carbono y de elaborar y publicar planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para determinadas organizaciones.
El Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO2
Se trata de un registro administrativo, público, voluntario y gratuito, gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El registro se estructura en tres secciones:
- Huella de carbono y compromisos de reducción de emisiones de GEI.El registro admite tanto huellas de carbono de organización, junto con sus compromisos de reducción, como huellas de carbono de eventos y sus actuaciones de reducción de emisiones. Esto amplía las posibilidades de reconocimiento oficial para diferentes tipos de actividades.
- Proyectos de absorción de CO₂ en territorio nacional, incluyendo nuevas tipologías como el carbono azul.Estos proyectos engloban actuaciones que aumentan el carbono almacenado en territorio nacional, ya sea mediante actividades forestales, de cambio de uso de la tierra o relacionadas con el carbono azul. Los proyectos inscritos reciben una certificación oficial y pueden utilizarse para la compensación de emisiones.
- Compensación de huella de carbono a través de proyectos inscritos.Cualquier organización que haya inscrito su huella de carbono en el registro puede compensarla voluntariamente a través de proyectos de absorción también inscritos. Sin embargo, esta compensación no sustituye la obligación anual de entrega de derechos de emisión exigida por la Ley 1/2005.
¿Quiénes están obligados a calcular y publicar su huella de carbono?
Las empresas obligadas son aquellas sujetas a la Ley 11/2018, es decir, grandes empresas y entidades de interés público con más de 500 empleados. Estas deben calcular su huella de carbono, elaborar un plan de reducción y publicar ambos datos, aunque la inscripción en el registro es voluntaria. Por su parte, la Administración General del Estado y sus organismos deberán calcular y reportar anualmente su huella de carbono al registro nacional.
Un paso adelante en la acción climática
El Real Decreto 214/2025 refuerza el papel de la huella de carbono como herramienta clave para la descarbonización y la competitividad de las organizaciones españolas, impulsando la medición, reducción y compensación de emisiones como parte fundamental de la transición energética.
Para ayudar a las organizaciones a adaptarse a este nuevo escenario normativo, Bureau Veritas Formación ha añadido en su programación el Webinar Gratuito: Real Decreto 214/2025: El nuevo marco legal para el cálculo, reducción y registro de la huella de carbono.
En este webinar, impartido por Elena Míguez, profesora del área de medio ambiente en Bureau Veritas Business School, se analizarán las principales obligaciones que introduce el Real Decreto, como el cálculo anual de emisiones de gases de efecto invernadero, la elaboración de planes de reducción y su publicación, tanto para entidades públicas como para determinados tipos de empresas. También se abordarán las novedades del nuevo Registro estatal de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO2.
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